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Amparo

Amparo 00052-2016

Fallo: IMPROCEDENTE⚖ Pensión
Expediente
00052-2016
Tipo
Amparo
Publicación
2016-10-21
Edición
2311
Demandado
ONP,
Materia
ACCIÓN DE AMPARO

PROCESO DE AMPARO

SALA MIXTA - SEDE NASCA EXPEDIENTE : 00052-2016-0-1409-SP-CI-01 MATERIA : ACCIÓN DE AMPARO RELATOR : PORTAL LLANOS MARIA ADRIANA DEMANDADO : ONP, DEMANDANTE : ABARCA ALLCCA, FACUNDO PRIMITIVO Resolución Nro.15 Nasca, siete de julio del año dos mil dieciséis. Autos y Vistos: Con la razón que antecede; Y Atendiendo: Primero.- Que de autos se tiene que con fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis, se emitió la resolución de vista contenida en la resolución numero catorce la misma que corre a fojas 107/112, y se notifi co a las partes con fecha veintidós de junio del año en curso. Segundo.- Que conforme a lo previsto en el artículo 18º del Código Procesal Constitucional señala que: “Contra la resolución de segundo grado que declara infundada o improcedente la demanda, procede recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional, dentro del plazo de diez días contados desde el día siguiente de notifi cada la resolución”. Tercero.- Que en tal sentido, conforme se aprecia de las constancias de notifi cación de fojas 112 vuelta a la fecha ha vencido el plazo previsto por ley sin que ninguna de las partes hayan interpuesto recurso alguno; siendo así, declárese, CONSENTIDA la resolución de vista de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis que obra a fojas ciento siete y siguiente; CÚMPLASE por secretaria con la publicación respectiva y fecho DEVUÉLVASE a su juzgado de origen. SS. GONZALES NUÑEZ MENDOZA CURACA AQUIJE OROSCO W-1440869-2

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