SALA MIXTA - SEDE NASCA EXPEDIENTE : 00036-2015-0-1410-JM-CI-01 MATERIA : ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO RELATOR : PORTAL LLANOS MARIA ADRIANA DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PALPA
GOBIERNO REGIONAL DE ICA DEMANDANTE : ORTIZ LAURA, MIGUEL ANGEL Resolución Nro.13 Nasca, dieciocho de julio del año dos mil dieciséis. Autos y Vistos: Con la razón que antecede; Y Atendiendo: Primero.- Que de autos se tiene que con fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis, se emitió la resolución de vista contenida en la resolución número doce la misma que corre a fojas 70/74. Segundo.- Que conforme a lo previsto en el artículo 18º del Código Procesal Constitucional señala que: “Contra la resolución de segundo grado que declara infundada o improcedente la demanda, procede recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional, dentro del plazo de diez días contados desde el día siguiente de notifi cada la resolución”. Tercero.- Que en tal sentido, conforme se aprecia de la constancia dejada por secretaria de fojas 74 vuelta a la fecha ha vencido el plazo previsto por ley sin que ninguna de las partes hayan interpuesto recurso alguno; siendo así, declárese, CONSENTIDA la resolución de vista de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis que obra a fojas setenta y siguiente; CÚMPLASE por secretaria con la publicación respectiva y fecho DEVUÉLVASE a su juzgado de origen. SS. GONZALES NUÑEZ MENDOZA CURACA AQUIJE OROSCO W-1440871-2