JUZGADO CIVIL TRANSITORIO - AYACUCHO EXPEDIENTE : 01350-2016-0-0501-JR-CI-01 MATERIA : ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO JUEZ : CELEDONIA QUICHCA QUISPE ESPECIALISTA : WILBER BERROCAL MACHACA PROCURADOR : PROCURADURÍA PÚBLICA
MUNICIPAL DEMANDADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
HUAMANGA DEMANDANTE : GARCIA GODOS OCHOA, LUIS
FELIPE Resolución Número CUATRO.- Ayacucho, 11 de noviembre de 2016.- AUTOS Y VISTOS: Puesto los autos a despacho con el escrito que antecede N°21753-2016, presentado por el demandante Luis Felipe García Godos Ochoa, mediante la cual solicita se declare consentida la sentencia; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, una resolución adquiere la autoridad de cosa juzgada, cuando no proceden contra ella otros medios impugnatorios que los ya resueltos o las partes renuncian expresamente a interponer medios impugnatorios o dejan transcurrir los plazos sin formularlos, conforme dispone el primer párrafo del artículo 123° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al caso; Segundo.- Que, en el presente Proceso Constitucional se tiene que la sentencia expedida mediante resolución número TRES, de fecha 29 de setiembre de 2016, que obra a folios 36 y siguientes, la misma que resuelve declarar fundada la demanda Cumplimiento, ha sido válidamente notifi cada a las partes del presente proceso, conforme se tiene de las Constancias de Notifi cación obrantes de fojas 41, 42 y 43, no habiendo ninguna de las partes hasta la fecha, formulado dentro del plazo de ley, medio impugnatorio alguno contra dicha resolución; por las consideraciones antes expuestas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al presente Proceso Constitucional; SE RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la SENTENCIA expedida mediante resolución número TRES de fecha 29 de setiembre de 2016, obrante a folios 36 y siguientes, la misma que resuelve declarar fundada la demanda de Cumplimiento; en consecuencia, OFÍCIESE a la Ofi cina de Administración de esta sede judicial para fi nes de su publicación en el Diario ofi cial “El Peruano” y página web en la forma prevista por ley, debiendo remitirse los partes pertinentes en copia certifi cada. Al otrosí digo: Téngase POR SEÑALADO SU CASILLA ELECTRÓNICA N°66008, para las notifi caciones ulteriores a esta parte. REQUERIR, al titular de la entidad demanda, Municipalidad Provincial de Huamanga, para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles de notifi cado con la presente resolución, dé cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fecha 29 de setiembre de 2016, conforme a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27584 y la Ley N° 30137; debiendo informar a esta judicatura dicho procedimiento; bajo apercibimiento de imponerle multa equivalente a 02 Unidades de Referencia Procesal (2URP), a ser abonado con su propio peculio, en caso de incumplimiento. Con conocimiento de las partes. Notifíquese.- CELEDONIA QUICHCA QUISPE Juez Juzgado Civil Transitorio de Huamanga Corte Superior de Justicia de Ayacucho/PJ. WILBER BERROCAL MACHACA Secretario Judicial Juzgado de Derecho Constitucional TRansitorio de Huamanga Corte Superior de Justicia de Ayacucho/PJ. W-1515116-4