JUZGADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL TRANSITORIO EXPEDIENTE : 01634-2017-0-0501-JR-DC-01 MATERIA : ACCION DE CUMPLIMIENTO JUEZ : CARLOS MORALES HIDALGO ESPECIALISTA : SALINAS RIVEROS ZULMIA PROCURADOR PUBLICO : PROCURADOR PUBLICO REGIONAL DE AYACUCHO, DEMANDADO : HOSPITAL REGIONAL DE SALUD DE AYACUCHO , DEMANDANTE : PALOMINO LIZANA, YOLANDA CONSTANCIA Se deja constancia que se procede a proveer el día de la fecha, por la recargada carga procesal existente en el Juzgado. AUTO QUE DECLARA CONSENTIDA SENTENCIA Resolución N° 05. Ayacucho, 12 de julio del año dos mil dieciocho.- I. Antecedente: Con la constancia que antecede y el escrito con código de ingreso N°4984-2018, presentado por el abogado de la demandante Yolanda Palomino Lizana, mediante el cual solicita que se declare consentida la sentencia, se requiera su cumplimiento de la sentencia y otro. II. Fundamentos de la decisión: 1. Que, la resolución adquiere la autoridad de cosa Juzgada cuando no proceden contra ella otros medios impugnatorios que los ya resueltos, o las partes renuncian a interponer medios impugnatorios o dejan transcurrir los plazos sin formularlos, conforme lo dispone en el inciso 2 del artículo 123° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al presente caso. 2. Que, en el presente proceso se tiene que la sentencia expedida mediante Resolución N° 04 de fecha 20 de abril del 2018, que obra a folios 34 al 41, la misma que resuelve declarar fundada la demanda Cumplimiento, ha sido válidamente notifi cada a las partes procesales, conforme se tiene de las constancias de notifi cación obrantes de fojas 42 al 45, y no habiendo ninguna de las partes procesales formulado medio impugnatorio alguno dentro del plazo de ley contra dicha resolución, por lo que corresponde declarar consentida. III. Decisión: Por las razones expuestas: SE RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la SENTENCIA expedida mediante Resolución N° 04 de fecha 20 de abril del 2018, que obra a folios 34 al 41, la misma que resuelve declarar fundada la demanda Cumplimiento; En consecuencia, OFÍCIESE a la Ofi cina de Administración de esta sede judicial para fi nes de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y página web en la forma prevista por ley, debiendo remitirse los partes pertinentes en copia certifi cada. Al primer otrosí digo; REQUIÉRASE al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL REGIONAL DE SALUD DE AYACUCHO, representado por la persona de don JIMMY HOMERO ANGO BEDRIÑALA o a quien haga sus veces, para que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES de notifi cado con la presente resolución, proceda a dar cumplimiento con lo dispuesto en la sentencia de fecha 20 de abril del 2018, contenido en la Resolución N° 04; es decir, de cump limiento a la Resolución Administrativa N°183-2016-HR”MAMLL”A–OA-UP de fecha 07 de junio de 2016, mediante el cual se le reconoce el pago de intereses legales por el pago inoportuno de la Bonifi cación Especial dispuesta en el Decreto de Urgencia N°037-94, debie ndo dar cuenta a este Juzgado sobre el cumplimiento de dicho mandato; bajo apercibimiento de imponérsele Multa de Dos Unidades de Referencia Procesal (2URP) a ser abonada con su propio peculio en caso de incumplimiento, sin perjuicio de decretarse las demás medidas coercitivas previstas en el código procesal constitucional. Al segundo otrosí digo; Respecto a la solicitud de los costos del proceso; CÓRRASE TRASLADO a la entidad demandada por el término de TRES DÍAS para su absolución, con su absolución o sin ella pasen los AUTOS A DESPACHO para emitir la resolución que corresponda. Notifíquese.- CARLOS P. MORALES HIDALGO Juez Juzgado de Derecho Constitucional Transitorio de Huamanga Corte Superior de Justicia de Ayacucho/PJ ZULMIA SALINAS RIVEROS Secretaria Judicial Juzgado de Derecho Constitucional Transitorio de Huamanga Corte Superior de Justicia de Ayacucho/PJ W-1685571-80