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Cumplimiento

Cumplimiento 01256-2015

Fallo: FUNDADA
Expediente
01256-2015
Tipo
Cumplimiento
Distrito
AYACUCHO
Publicación
2017-04-20
Edición
2434
Demandado
HOSPITAL REGIONAL DE
Materia
ACCION DE CUMPLIMIENTO

Parte resolutiva

DECLARAR CONSENTIDA la Sentencia (Resolución N° 03), de fecha 23 de julio de 2015, que declara fundada la demanda de cumplimiento; en consecuencia y conforme a lo ordenado en la precitada sentencia,

PROCESO DE CUMPLIMIENTO

3° JUZGADO CIVIL EXPEDIENTE : 01256-2015-0-0501-JR-CI-03 MATERIA : ACCION DE CUMPLIMIENTO JUEZ : MARTHA BARBOZA FLORES ESPECIALISTA : CARLOS SIERRALTA ESPINOZA PROCURADOR PUBLICO : PROCURADOR PUBLICO REGIONAL DE AYACUCHO, DEMANDADO : HOSPITAL REGIONAL DE AYACUCHO, DEMANDANTE : CARRASCO SOTO, MARTHA MARGARITA Resolución N° 04 Ayacucho, marzo 30 de 2016. La señora Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil de Huamanga ha emitido el siguiente: AUTO I. MATERIA: Dado cuenta con los autos, corresponde verifi car si procede o no declarar consentida la sentencia prolada por este despacho. II. FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: II.1. Conforme lo disponen los incisos 1 y 2 del artículo 123° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al presente caso, una resolución adquiere la autoridad de cosa Juzgada cuando no proceden contra ella otros medios impugnatorios que los ya resueltos, o las partes renuncian a interponer medios impugnatorios o dejan transcurrir los plazos sin formularlos. II.2. En tal sentido, no habiéndose interpuesto medio impugnatorio alguno contra la Sentencia (Resolución N° 03), a pesar de haber sido notifi cada a las partes procesales conforme se tiene de las constancias de notifi cación que obran en autos, corresponde declarar consentida la resolución en mención. III. DECISIÓN: Por las razones expuestas; SE RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la Sentencia (Resolución N° 03), de fecha 23 de julio de 2015, que declara fundada la demanda de cumplimiento; en consecuencia y conforme a lo ordenado en la precitada sentencia, PUBLÍQUESE la misma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Avocándose a conocimiento del proceso la Juez que suscribe y actuando el Secretario que da cuenta por disposición superior. Notifíquese. MARTHA BARBOZA FLORES Juez (P) 3er. Juzgado Especializado en lo Civil de Huamanga Corte Superior de Justicia de Ayacucho/PJ W-1506861-64

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